Encontró un negocio en Florida que le interesa — un restaurante, una franquicia, una empresa de servicios, una lavandería. El precio parece razonable, el flujo de caja es sólido, y el vendedor quiere cerrar rápido. Usted es latinoamericano, no tiene residencia en EE.UU., y se pregunta: ¿puedo hacer esto?

La respuesta corta: sí. Ser extranjero no le impide comprar un negocio en Estados Unidos. Pero hay capas adicionales que un comprador local no tiene que considerar, y si no las navega bien, puede comprar un problema disfrazado de oportunidad.

1. La Estructura de la Compra: ¿Acciones o Activos?

Esta es la primera decisión importante. Tiene dos opciones básicas:

Compra de acciones: Usted compra las acciones de la empresa existente. Se convierte en el nuevo dueño de esa entidad legal — con todo lo que eso implica: contratos, clientes, empleados, y también deudas, litigios pendientes, obligaciones laborales no pagadas, y cualquier problema que la empresa haya acumulado antes de que usted llegara. Todo eso pasa a sus manos.

Compra de activos: Usted compra los activos del negocio — el equipo, el inventario, la clientela, el nombre, los contratos que quiera asumir — pero no compra la entidad legal en sí. Los pasivos y problemas anteriores, en principio, se quedan con el vendedor.

La mayoría de compradores extranjeros prefieren la compra de activos por las protecciones adicionales que ofrece. El problema: requiere transferir contratos, licencias, y en algunos casos empleados, lo cual tiene sus propias complejidades. Hay que negociar con arrendadores, proveedores, y en algunos sectores con agencias regulatorias.

2. El Tema Migratorio: No Confunda "Poseer" con "Trabajar"

Este es el error más frecuente. Comprar un negocio en EE.UU. no le da automáticamente el derecho a trabajar en ese negocio si no tiene estatus migratorio válido.

Si quiere ser el operador activo del negocio — estar presente, tomar decisiones, gestionar empleados — necesita una visa que lo autorice a trabajar en EE.UU. Las opciones más relevantes para este tipo de situación son:

  • Visa E-2 (Inversionista en Tratado): disponible para ciudadanos de países que tienen tratado de comercio y navegación con EE.UU. — Colombia, Ecuador, Perú, Argentina, entre otros. Requiere una inversión "sustancial" en el negocio (no hay un mínimo fijo, pero la práctica general sugiere al menos $100,000 para ser competitivo) y que la empresa no sea solo un medio de subsistencia del inversionista. Venezuela, lamentablemente, no tiene este tratado activo.
  • Visa EB-5 (Inversionista Inmigrante): para inversiones de mayor escala — actualmente $1,050,000 o $800,000 en zonas designadas — que crean al menos 10 empleos. Esta es la vía hacia la residencia permanente.

Si solo quiere ser propietario pasivo y contratar a alguien más para operar el negocio, la ecuación migratoria cambia — pero aun así tiene implicaciones.

3. En Qué Nombre Compra: La Estructura de Tenencia

Comprar el negocio a nombre personal siendo extranjero no residente puede exponerle al impuesto federal al patrimonio cuando fallezca. Si el negocio vale $500,000 al momento de su muerte, hasta el 40% de ese valor podría quedar sujeto al estate tax, con una exención de apenas $60,000 para no residentes.

La alternativa habitual es comprar a través de una entidad — una LLC o una corporación — que puede a su vez ser propiedad de una entidad extranjera. La estructura exacta depende de sus objetivos, su situación migratoria, y otros activos que tenga en EE.UU.

4. Due Diligence Adicional para Compradores Extranjeros

Más allá del análisis financiero estándar, usted debe revisar:

El contrato de arrendamiento: Si el negocio opera en un local alquilado — que es lo más común — el arrendador puede tener derecho contractual a rechazar la cesión del contrato a un nuevo propietario. Algunos contratos requieren aprobación del arrendador y pueden imponer condiciones adicionales. Pierda el local y puede perder el negocio.

Licencias y permisos: Dependiendo del sector, ciertas licencias requieren que el titular sea residente legal en EE.UU. Antes de cerrar, verifique que todas las licencias relevantes son transferibles o renovables a su nombre.

Obligaciones laborales pendientes: Vacaciones acumuladas no pagadas, horas extras, reclamos pendientes con el Departamento de Trabajo — todo eso puede convertirse en su problema si no se documenta correctamente en el contrato de compraventa.

5. El Financiamiento

Los bancos tradicionales en EE.UU. raramente financian a compradores extranjeros sin historial crediticio en EE.UU. y sin residencia. Sus opciones más realistas:

Financiamiento del vendedor: El vendedor acepta recibir una parte del precio en cuotas a lo largo del tiempo. Es más común de lo que parece, especialmente en negocios pequeños y medianos. Tiene el beneficio adicional de que el vendedor mantiene un incentivo en que usted tenga éxito — de lo contrario no cobra.

Bancos internacionales con presencia en EE.UU.: Algunos bancos latinoamericanos con operaciones en Miami pueden financiar la adquisición tomando como garantía activos fuera de EE.UU. o basándose en su historial crediticio en el país de origen.

6. El Cierre

En EE.UU., el cierre de una compraventa de negocio generalmente involucra una cuenta de escrow, donde el precio de compra se deposita antes del cierre y se libera cuando se cumplen todas las condiciones. Usted firmará un contrato de compraventa de activos o de acciones, varios anexos (listas de activos, contratos asumidos, declaraciones del vendedor), y posiblemente documentos de cesión de contratos y notificaciones a terceros.

Si hay bienes inmuebles involucrados en la transacción, aplica la retención FIRPTA — el comprador debe retener el 15% del precio y remitirlo al IRS, salvo ciertas excepciones.

La Recomendación

La única regla absoluta: tenga un abogado en EE.UU. que coordine el proceso completo. No para revisar documentos al final, sino desde el principio — desde la carta de intención hasta el cierre. Las sorpresas en una compraventa de negocios casi siempre se descubren en el due diligence o en la revisión de contratos, no en el cierre. Para entonces, ya es tarde para renegociar.