Cada semana hablo con clientes latinoamericanos que ya tienen una LLC y creen que su propiedad en Florida está protegida. Están equivocados — y nadie se los ha explicado bien.

Este artículo hace una sola cosa: explicar por qué la LLC no resuelve el problema tributario más serio que enfrenta un inversionista extranjero con bienes en los Estados Unidos.

El problema: el impuesto al patrimonio para no residentes

Cuando una persona que no es ciudadana ni residente fiscal de EE.UU. fallece siendo dueña de bienes en territorio estadounidense, el IRS cobra un impuesto llamado "estate tax" o impuesto al patrimonio.

La tasa puede llegar al 40%. Y la exención para no residentes es de apenas $60,000 — comparado con más de $13 millones para ciudadanos y residentes.

Si usted tiene un apartamento en Miami valuado en $700,000, su familia podría deber hasta $256,000 al IRS cuando usted fallezca. Antes de recibir nada.

Por qué la LLC no resuelve esto

La respuesta técnica es que una LLC de un solo dueño — o de dueños relacionados — es tratada como una entidad "transparente" o "disregarded" a efectos del impuesto federal al patrimonio.

En lenguaje simple: el IRS mira a través de la LLC como si no existiera, y trata los activos que hay adentro como si pertenecieran directamente al dueño.

Usted es dueño del 100% de Florida Holdings LLC. Florida Holdings LLC es dueña de un apartamento en Brickell. Para el IRS, a efectos del estate tax, usted es dueño del apartamento directamente. La LLC no cambia nada.

Esto no es una opinión — es la posición clara del IRS y de los tribunales federales.

Entonces, ¿para qué sirve la LLC?

La LLC sí tiene ventajas reales — solo que no son tributarias en este contexto:

Privacidad. En Florida, el nombre del dueño de una LLC no aparece en los registros públicos de propiedad. Si usted compra a su nombre, cualquiera puede buscar en el registro del condado y ver que es dueño del inmueble. La LLC lo protege de eso.

Separación de responsabilidad. Si alguien se cae en su propiedad y lo demanda, la LLC puede limitar la demanda a los activos dentro de la entidad — no a su patrimonio personal.

Facilidad operativa. La LLC facilita abrir cuentas bancarias, contratar servicios, y manejar el inmueble de forma ordenada.

Estas son razones válidas para tener una LLC. Pero ninguna de ellas resuelve el impuesto al patrimonio.

Qué sí funciona

La solución más común para eliminar la exposición al estate tax en propiedades en EE.UU. es interponer una sociedad extranjera entre el dueño y el activo.

El esquema típico se ve así: una sociedad en Panamá, BVI o las Islas Caimán es dueña de la LLC de Florida, que a su vez es dueña del inmueble. Al fallecer el inversionista latinoamericano, lo que pasa a sus herederos son las acciones de la sociedad extranjera — y esas acciones no son bienes ubicados en EE.UU. para efectos del estate tax.

El IRS no puede gravar la transferencia de acciones de una sociedad panameña entre personas que no son residentes de EE.UU.

Hay variaciones de este esquema. También existe la opción de un fideicomiso extranjero bien estructurado. La elección depende del monto del activo, de cuántos herederos hay, de qué país es el inversionista, y de otros factores.

¿Por qué tantos siguen creando solo la LLC?

Porque es lo que se hace. Es barato, es rápido y cualquier abogado de bienes raíces lo puede hacer. Y muchos asesores — incluso algunos que trabajan en EE.UU. — no están especializados en impuestos internacionales y no conocen la trampa.

Además, el problema no se manifiesta hasta que el dueño fallece. Para ese momento, ya no hay nada que hacer.

¿Tiene una LLC con propiedad en Florida?

Si ya tiene una LLC holding una propiedad en Florida y es no residente fiscal de EE.UU., tiene sentido revisar la estructura. Corregirla es posible — pero requiere planificación. Y es infinitamente más fácil de hacer ahora que de resolver después del fallecimiento.